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LOS JUICIOS NO PUEDEN ESPERAR LAS VICTIMAS TAMPOCO

Corrientes, 15 de marzo de 2023. Por razones de agenda de los señores jueces que integran el Tribunal y que pertenecen a diferentes jurisdicciones (Corrientes, Resistencia y Formosa), suspéndase el Inicio de las audiencias de Debate Oral y Público previstas para el mes de abril del corriente año, dejándolas sin efecto, y disponiendo como nuevas fechas los días 7, 8, 9, 10, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de agosto de 2023.

Así de simple y sin argumentos es la resolución que traslada en más de tres meses el inicio del juicio por delitos de lesa humanidad, el Tribunal Oral Federal de Corrientes había determinado en febrero convocar para los días 12, 13 y 26 de abril y 5 y 16 de mayo, al debate en el juicio de la causa “Séptima Brigada de Infantería”, en el que se investiga una asociación ilícita acusada de cometer privaciones ilegítimas de la libertad, torturas y homicidio, durante la última dictadura. La causa fue requerida en marzo del 2014, hace 9 años, fue elevada a juicio en junio de 2019, con 14 imputado y más de 100 víctimas. Lleva de impunidad la misma cantidad de años que la democracia, 40 años, son más pero no podíamos pedirle justicia a la dictadura

“Razones o motivos de agenda” son presentados como suficientes excusas. Se atribuye la autoría de lo que figura en la agenda a una especie de fuerza extraña, todopoderosa, olvidando que es el titular de la agenda quien indica lo que en ella figura. Es sólo el responsable de lo que figura en su agenda el que decide si acude o no en éste caso a un juicio, siendo Juez de la causa. Por tanto, resulta algo infantil (por no calificarlo de manera más severa) que se aleguen razones de agenda, cuando tales supuestas razones son del mismo que pretende con ellas justificar la ausencia. Ya sabían sus actividades cuando se fijó la fecha original.

¿Qué le puede haber surgido a los Jueces más importante en su agenda como para postergar el inicio de éste Juicio? ¿Hay algo más importante para un Juez que un juicio con más de 100 víctimas con 40 años de impunidad, donde se juzgan delitos de lesa humanidad? Ya veremos oportunamente cual es la actividad de los jueces en el mes de abril.  

El derecho a la memoria, verdad y justicia frente a toda violación grave de derechos humanos, así como la consecuente obligación estatal de investigar, juzgar, sancionar y reparar estas violaciones, se encuentran plasmados en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales de igual jerarquía se deriva de la obligación general de garantizar los derechos estipulados en los distintos tratados internacionales, y supone que el Estado debe iniciar sin dilación una investigación seria, imparcial y efectiva, orientada a la determinación de la verdad y al enjuiciamiento y eventual castigo de los responsables, utilizando para ello todos los medios legales disponibles.

La acordada 2/2022 de la Cámara Nacional de Casación, que actualiza una similar del año 2012, da una serie de pautas para que los tribunales sigan a la hora de tramitar procesos complejos, con muchos imputados y por muchos hechos, como son las causas por delitos de lesa humanidad. Entre otras cuestiones establece que: 1.- Los juicios deben hacerse con celeridad y se deben evitar las dilaciones; 2.- Se les debe dar prioridad a la hora de fijar audiencias. (Esto ya lo había dicho la Corte en 2008). 3.-Se deben evitar las demoras para dictar nuevas sentencias. 4.- Las nuevas tecnologías pueden ayudar a que se conecten jueces que quizá no son de determinada jurisdicción y están cubriendo vacantes en otras.

Lo que intenta la Casación es evitar la impunidad biológica, en éste juicio los imputados eran 14, ahora ya son 10, ¿cuantos en agosto? ¿Qué nueva escusa? Los Jueces estarían incumpliendo una acordada de Casación. Notifican que suspenden por “razones de agenda” en el mes de la Memoria a pocos días de los 47 años del golpe, en medio de las actividades que se están desarrollando para recordar la nefasta dictadura. Parece que llegó el momento de decir: CORPORACION JUDICIAL NUNCA MAS.

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Las notas publicadas son colaboraciones ad-honorem. Propiedad intelectual en trámite. Los artículos firmados son responsabilidad del autor y no representan la línea editorial de la publicación. Se pueden reproducir citando la fuente. 

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